Todo lo que debe saber sobre la famosa “Lista Negra” del SAT

Todo lo que debe saber sobre la famosa “Lista Negra” del SAT

Todo lo que debe saber sobre la famosa “Lista Negra” del SAT

Tiempo de lectura: 5 minutos

¿Qué es?

De acuerdo al Artículo 69 B del Código Fiscal de la Federación (CFF), todo contribuyente que haya emitido comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente para prestar servicios, producir, comercializar o entregar bienes, será notificado a través de su Buzón tributario y será publicado en el Diario Oficial de la Federación en dicha lista.

¿Cómo identificar si mis proveedores están en la lista negra del SAT?

Para identificar si sus proveedores se encuentran en esta lista es necesario ingresar a la página de internet del SAT y acceder al listado de Contribuyentes, en el cual podrás visualizar las secciones de Listado Completo, Definitivos, Desvirtuados, Presuntos y Sentencias Favorables, estos listados clasifican a los contribuyentes de acuerdo a su estado ante el SAT en este proceso. Cuando un contribuyente se encuentra publicado en esta lista se le llama EFOS (Empresas Facturadoras de Operaciones Simuladas).

¿Qué hacer cuando se identifica un proveedor en lista negra?

Una vez que alguno de sus proveedores haya sido publicado en esta lista su empresa se convierte automáticamente en una EDOS (Empresa que Deduce Operaciones Simuladas), cuenta con 30 días desde la publicación de su proveedor en esta lista, para acreditar ante la autoridad que efectivamente se adquirieron los bienes o servicios que amparan los comprobantes fiscales.

¿Cuáles son las penalizaciones?

En caso de que los comprobantes fiscales que se hayan presentado como evidencia de la adquisición de los bienes y/o servicios no hayan sido reconocidos por el SAT, será acreedor a las sanciones contempladas en el CFF: Artículo 113. Se impondrá sanción de tres meses a seis años de prisión, al que: III. Adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados. Artículo 113 Bis – Se impondrá sanción de tres a seis años de prisión, al que expida o enajene comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

Nuestra solución

Buzón E cuenta con BE Bot: Lista negra – 69 B, con la cual podrá recibir las actualizaciones que tenga esta lista de forma automática, verificará si alguno de sus proveedores se encuentra publicado en dicha lista y recibirá un reporte con los hallazgos de la notificación.

¿Cómo funciona?

Flujo_BE_Bot


Beneficios

•  Consulta cada 30 minutos buscando actualizaciones 
•  Reporte de hallazgos en tiempo real
•  Notificaciones con hasta 10 destinatarios
•  Sin software, ni uso de almacenamiento
  Sin errores humanos
•  Exactitud de análisis


Recuerde siempre estar atento a el estatus de sus proveedores, en caso de ser negativo podría tener consecuencias costosas, para su empresa e incluso para usted.

“No corras riesgos y automatiza la verificación de tus proveedores con BE|Bot 69 B”

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